EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 11º Turno, dictada en autos:
"MOTTA ETCHART, GUSTAVO c/ FERNANDEZ HOFMEISTER, RAFAEL y otros -
JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO" IUE 2-
46562/2012, Se hace saber que el próximo 16 de Febrero de 2023 a las 11:30 horas
en el local de la Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores
Inmobiliario sito en la Av. Uruguay 826 se procederá por intermedio del martillero
Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la Señora Alguacil
a la venta en dólares americanos, en pública subasta, sin base y al mejor postor del
siguiente bien inmueble: Un terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden
ubicado en la Quinta Sección Judicial del Departamento de Montevideo, Localidad
Catastral Montevideo, padrón numero 181.697, señalado con el numero 4 de la
manzana número 53 en el plano de los Agrimensores Alberto de Arteaga y Alberto
de Arteaga hijo, del 8 de Mayo de 1946, inscripto en la Dirección de General de
Catastro con el numero 14.700 el 11 del mismo mes y año, según el cual tiene una
superficie de 516 metros, 2.590 centímetros, con 12 metros 02 centímetros al NorNoreste de frente a la calle Hum, entre las de Basilio Araujo y Norberto Ortiz,
distando su punto más próximo 33 metros 41 centímetros del comienzo de la ochava
recta existente en la esquina formada por la calle del frente con la ultima nombradas;
por 42 metros 95 centímetros lindando al Este- Sureste con el solar 5; 12 metros 02
centímetros al Sur-Suroeste con el solar 14; y 42 metros 95 centímetros al OesteNoroeste con solar 3; todos del mismo plano y manzana. SE PREVIENE: 1- Que el
mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 20% de su oferta, así como
la comisión del rematador todo lo que asciende al 3% más iva de la oferta en el acto;
cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210 y 19889, modificativas y concordantes
y decretos reglamentarios. 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del
rematador o sea 1% más iva ,así como los gastos originados por el mismo. 3- Se
desconoce la situación ocupacional del bien. 4 se desconoce la existencia de deudas
de construcción ante el BPS. De existir deudas por aportes al BPS por las
construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor
postor. 5- Se desconoce en la actualidad la existencia de deuda de Contribución
inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria. 6-Solamente podrán ser imputados
al precio los tributos necesarios para la escrituración (como ser contribución
inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria) hasta el momento de efectuarse el
remate; el 2% de ITP correspondiente al vendedor e IRPF si correspondiere. 7- El
plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpe ni
por las ferias judiciales ni semana de turismo; la cancelación deberá registrarse y
documentarse de acuerdo a lo establecido la Ley 19.210 y 19889 y decretos
reglamentarios. 8- No cumple con el art 178 de la Ley 17296. 9- La subasta se
realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y
documentación agregada (habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio
notarial) la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina de
Juzgado sito en el tercer Piso del Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos
Humanos 1309 de la ciudad de Montevideo.
Montevideo, 20 de diciembre de 2022
ANA DORYS GUTIÉRREZ VELÁZQUEZ, Actuario
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